Chile: ¿Qué regímenes tributarios existen y cuáles son las obligaciones de pago?

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En la ley se señala que toda empresa o entidad comercial debe pagar impuestos, proceso conocido como régimen tributario. Desde el 2016, en Chile se emitió una nueva modificación en el sistema de impuestos, la cual expresa que hasta el 31 de diciembre de 2016 las pequeñas y medianas empresas tienen la facultad de elegir el régimen tributario para el cumplimiento de sus obligaciones de renta, según el Servicio de Impuestos Internos.

Encontrándose con dos opciones tributarias, que son:

Renta atribuida:

En esta las empresas deben tributar por la totalidad de las rentas generadas, independientemente de las utilidades retiradas. Bajo esta modalidad se debe cancelar el Impuesto de Primera Categoría cuya tasa oscila en 25%.

El contribuyente que opte por esta modalidad contará con la opción de hacer uso del 100% del monto del pago del Impuesto de Primera Categoría como crédito para el pago de los impuestos personales encontrados en los Impuestos de Segunda Categoría.

Semi integrado:

Esta modalidad permite la tributación sobre la base de los retiros efectivos de las utilidades. El pago del Impuesto de Primera Categoría cuenta con la tasa del 25,5% durante el año comercial 2017 y con el aumento de un 2% (tasa del 27%) para las actividades comerciales realizadas a partir del año 2018 en adelante.

Para el pago de los Impuestos de Segunda Categoría, solo se podrá tomar como crédito un 65%.

Para los contribuyentes que no emitan a tiempo el pago de sus tributos, serán asignados el tipo de renta según la organización jurídica al cual correspondan. Obteniendo la siguiente distinción:

Renta atribuida:

  • Empresario autónomo.
  • Empresa individual de responsabilidad limitada (EIRL).
  • Comunidades y sociedades cuyos propietarios o socios se encuentren domiciliados o residenciados en el país.

Semi integrado:

  • Sociedades por acciones.
  • Contribuyentes señalados en el art. 58 N°1 de la Ley sobre Impuestos a la Renta.
  • Comunidades y sociedades cuyos propietarios o socios no estén ni domiciliados ni residenciados en Chile.

En vista de la reforma tributaria de la Ley N°20.780 emitida desde el 29 de septiembre del 2014, con el pago de los tributos por cada contribuyente se logrará financiar las reformas educacionales y de otras políticas enmarcadas en el ámbito social, tales como vivienda y salud, a fin de saldar el actual déficit estructural en las cuentas fiscales. De allí, la importancia de la emisión a tiempo del pago de los impuestos.

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