Anteriormente se emitía y recibía la distinta documentación fiscal en papel, dado el modelo de facturación con el que se contaba en México. Al aplicarse lo que comúnmente se conoce como facturación electrónica, en sus inicios por el año del 2010, junto con el papel se emitían los Comprobantes Fiscales Digitales (CFD) dando luego la apertura a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI). Con este cambio, a partir del año 2014, quedaron eliminados los formatos de los anteriores documentos, pasando a sólo utilizarse los CFDI.
Para la emisión de los CFD se podían utilizar medios propios o de terceros que contarán con autorización. En la primera opción, el contribuyente en cuestión debía contar con un sistema informático instalado en su computadora que le permitía emitir este tipo de comprobante, por eso se llamaba por medios propios, y que a la vez, se encontraba asociado a los estándares legales definidos por el SAT. Mientras que en la segunda opción, el contribuyente depende de un externo para la emisión de sus comprobantes llamado Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) que devuelve al contribuyente el CFDI con su validación, la cual cuenta con el folio asignado y el sello digital del SAT.
De acuerdo a Oscar Villegas, contador público de la firma VI.V.AL.DI, destaca que tanto el CFD como el CFDI son ambos comprobantes fiscales oficiales ante el SAT, los cuales permiten la comprobación tanto de ingresos como de egresos sobre las actividades económicas de los contribuyentes en general y de las organizaciones y empresas, solamente que el segundo pasó a sustituir al primero.
Como ya mencionamos, desde el año 2014, sólo se pueden emitir y trabajar con los CFDI. Con la aplicación de esta normativa, todos los contribuyentes sin excepción están obligados a funcionar bajo este esquema.
Requisitos para emitir CFDI
Dado su carácter de obligatoriedad, te compartimos los requisitos que debes cumplir para que puedas emitir los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI):
- Contar con la FIEL vigente como persona física y en caso de ser Persona Moral también de la misma, la cual se tramita directamente en las oficinas del SAT.
- Tener el Certificado de Sello Digital (CSD), el cual se tramita a través de internet utilizando la FIEL.
- Contar con un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) que emita CFDI bajo los requerimientos del SAT, incluyendo la emisión de la nueva versión 3.3 que estará vigente a partir del 1 de diciembre del 2017.
Según las normativas vigentes que se aplican a los contribuyentes en materia contable, el SAT sigue trabajando e impulsando el uso de los CFDI, pues con ellos han logrado que las empresas, organizaciones y personas físicas puedan tener su contabilidad al día además de mejorar en mucho la fiscalización a través de las auditorías electrónicas.
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