Si apenas te adentras al mundo comercial, de seguro te preguntarás, ¿qué debe contener mi factura digital?… Bueno, la respuesta es simple: debe contener los detalles que le den fiabilidad y credibilidad como el tipo de producto, su costo, etc., pero, como se trata de un formato digital, la primera acción que debes seguir es dirigirte al sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) y comenzar paso a paso a generar un banco de datos que posteriormente aceptaran o no la creación de tu factura electrónica.
Dentro del sitio web del SII, están especificados paso a paso cada una de las acciones y requisitos que debes tener para poder emitir tu factura electrónica. Debes tener en cuenta que previo a tener una factura digital recopilarás ciertos documentos, y posteriormente deberás cumplir con una serie de pasos para emitirla, es decir, una cosa es realizar los trámites para tenerla, otra generarla estando ya aprobado por el sistema del SII.
Requisitos para emitir factura:
- Obtener la autorización de tu postulación ante el SII, posteriormente en el sitio web puedes emitir tu certificado digital, hay dos versiones: una gratuita para Pymes, y una versión que puede ser comprada en el mercado o generada por el propio contribuyente.
- Implementar un procedimiento que te permita obtener un rango de folios autorizados desde el SII, vía Internet y alimentar con dicha información el software de facturación o emisión de documentos tributarios electrónicos, para ello, nuestra recomendación es que adecues tu sistema computacional de facturación en pro de generar rápida y correctamente los formatos exigidos por el SII: tales como el timbre fiscal, firma, código de barras, y llave privada electrónica.
- Por otra parte debes tener la información de tus libros de compra y venta en los formatos digitales que asigna el SII en Chile, al igual que acordar con el receptor un mecanismo viable para ambas partes, es decir que ambos tengan los mismos programas computacionales para leer y emitir el documento. Y por último y no menos importante, definir un procedimiento de respaldo y recuperación de DTEs (documento tributario electrónico), ya que el ejemplar enviado al SII se conservará sólo para uso tributario.
Qué debe contener la factura electrónica:
Recolectados todos los requisitos, y autenticado tu Certificado Digital debes ingresar una serie de datos para emitir una factura electrónica, los cuales, según el sitio web del SII*, son los siguientes:
- Fecha de emisión, datos del comprador: nombre, razón social, RUT, dirección, giro del negocio y teléfono.
- Adicionalmente colocaras a detalle la descripción del objeto, por ejemplo si vendes una manta de dormir, colocar la cantidad vendida, el color, el precio por unidad y el monto total de la operación, especificando el monto de recargo por el impuesto en caso de ser necesario, e indicar las condiciones de la venta, es decir, especificar si fue al contado, crédito, mercadería puesta en bodega del vendedor o del comprador, etc.
- El duplicado, triplicado y cuadruplicado del documento debes emitirlo mediante el empleo de papel carbónico o procedimiento químico autocopiativo.
- Las copias puedes emitirlas con papeles, colores, o tintas diferentes del original, y no deberán llevar impreso ningún tipo de fondo. Optativamente, puedes colocarle, además, el precio total que deberá pagarse en letras.
- Si es una venta/compra que incluye traslado tienes que indicar la patente del vehículo destinado para el transporte, y en el caso de tratarse de una empresa expendedoras de combustibles deberán indicar la Patente del vehículo en el que se está cargando el combustible.
Importante tomar en cuenta:
Como podrás ver es un proceso similar al de ejecutar una factura de papel, y aunque al principio puede que te sientas un poco confundido con palabras técnicas, al poco tiempo lograrás desenvolverte, es más, parte de la factura electrónica vendrá pre llenada en el caso de compras entre empresas, -ya que todas deben tener su registro en el SII- y recuerda que para que tu factura tenga validez total, también deberá enviarse electrónicamente al comprador, con el consentimiento y acuerdo de las dos partes.
*Última actualización del 2015 en portal del SII