La facturación electrónica en grandes y medianas empresas es una obligación en República Dominicana, establecida bajo la Ley No. 32-23. Este cambio tiene como objetivo modernizar el sistema tributario, facilitar la administración fiscal y reducir los costos operativos de las empresas.
En este artículo, detallamos todo lo que necesitas saber sobre la implementación de la facturación electrónica en el país, con información actualizada a 2025.
¿Qué es un Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF)?
Un Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF) es un documento digital que cumple con los requisitos fiscales establecidos por la DGII. Este comprobante se emite de manera electrónica y tiene la misma validez que una factura tradicional, siempre que cumpla con los criterios técnicos y normativos establecidos por la DGII.
Los e-CF son generados y transmitidos a través de plataformas digitales autorizadas, como software de facturación y sistemas integrados que garantizan la autenticidad y la validez fiscal de la transacción. Cada comprobante se valida en tiempo real mediante un proceso de verificación en los servidores de la DGII.
¿Cómo validar el Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF)?
Para que un e-CF sea válido y cumpla con los requisitos legales, debe cumplir con varios aspectos esenciales:
- Formato XML: el e-CF debe ser generado en un formato estándar XML para asegurar que la información pueda ser procesada correctamente por el sistema de la DGII.
- Firma electrónica: es obligatorio que cada factura sea firmada electrónicamente para garantizar su autenticidad.
- Secuencia de numeración: el comprobante debe llevar una numeración única y secuencial, asignada por la DGII.
- Validación en tiempo real: las facturas deben ser enviadas a la DGII para su validación antes de ser consideradas oficialmente aceptadas.
¿Cuáles son las diferencias entre un comprobante fiscal y un comprobante fiscal electrónico?
Aunque ambos documentos sirven para fines fiscales, existen diferencias claves entre ellos:
| Comprobante Fiscal | Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF) | |
| Formato | Papel o físico | Digital (XML) |
| Firma | Firma manual o digital | Firma electrónica |
| Validación | No requiere validación en tiempo real | Validación en tiempo real por parte de la DGII |
| Almacenamiento | Almacenamiento físico en archivos | Almacenamiento digital (servidores, nubes, etc.) |
| Uso | Usado principalmente en transacciones comerciales físicas | Utilizado para todas las transacciones electrónicas y digitales |
¿Quiénes deben implementar la factura electrónica obligatoria en 2025?
La facturación electrónica será obligatoria para todos los contribuyentes según la Ley No. 32-23, pero existen plazos específicos dependiendo del tipo de empresa:
- Grandes Contribuyentes Nacionales: las grandes empresas, tanto nacionales como internacionales con operaciones en República Dominicana, deberán implementar la facturación electrónica a más tardar el 15 de mayo de 2024.
- Grandes Contribuyentes Locales y Medianos Contribuyentes: estas empresas tienen tiempo hasta el 15 de noviembre de 2025 para cumplir con la normativa, una fecha que fue prorrogada debido a situaciones logísticas y técnicas en la implementación.
- Pequeñas y Microempresas: las empresas pequeñas y microempresas tienen un plazo hasta el 15 de mayo de 2026 para adaptarse a la obligatoriedad de la facturación electrónica.
¿Cómo cumplir con la obligatoriedad de la factura electrónica?
Para cumplir con la obligatoriedad de la factura electrónica, las empresas deben seguir varios pasos establecidos por la DGII:
- Solicitar autorización de emisión: registrarse como emisores de comprobantes fiscales electrónicos a través de la Oficina Virtual de la DGII.
- Adquirir un certificado de firma digital: es necesario contar con un certificado de firma digital válido, emitido por una entidad autorizada (como la Cámara de Comercio y Producción o la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación – OPTIC).
- Implementar un sistema de facturación electrónica autorizado: contar con un software de facturación electrónica que esté debidamente homologado y cumpla con los estándares de la DGII. Estos sistemas deben integrarse al sistema de validación de la DGII para la emisión y validación de los comprobantes.
- Realizar pruebas de validación: antes de emitir facturas en producción, las empresas deben realizar pruebas con la DGII para validar que el sistema funciona correctamente.
- Emitir y transmitir facturas: las empresas podrán comenzar a emitir y transmitir los e-CF directamente a la DGII para su validación.
Última fecha para la implementación total de la factura electrónica
La fecha final para la implementación total de la facturación electrónica será el 15 de mayo de 2026 para las pequeñas y microempresas.
Sin embargo, como ya se mencionó, las grandes empresas y medianas empresas locales deben cumplir con la normativa antes del 15 de noviembre de 2025. Esta fecha es clave para todas las empresas que aún no han comenzado el proceso de transición hacia la facturación electrónica.
Las empresas que no cumplan con la obligatoriedad podrán enfrentar sanciones severas, que incluyen multas y otros costos operativos relacionados con el incumplimiento de la Ley No. 32-23.
