Ley 32‑23: cronograma de facturación electrónica en República Dominicana

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La Ley 32-23, establece la obligatoriedad de la facturación electrónica como medio oficial para documentar las operaciones comerciales en República Dominicana. A partir de la promulgación de la ley, la DGII ha fijado un cronograma progresivo para la implementación de la facturación electrónica, que varía según el tipo de contribuyente. 

Este cronograma tiene como fin asegurar una transición ordenada hacia el uso de la factura electrónica en todo el país. Aquí te explicamos más. 

¿Qué dice la Ley 32‑23?

La Ley 32‑23 establece la obligatoriedad de usar facturas electrónicas para documentar las operaciones comerciales. Además, autoriza a la DGII a organizar y coordinar la implementación de esta normativa en función de las categorías de contribuyentes, con el fin de asegurar un proceso progresivo y ordenado.

¿Cuál es el cronograma de implementación de la Ley 32-23?

  1. Grandes contribuyentes nacionales: los grandes contribuyentes nacionales fueron los primeros en iniciar el proceso de emisión de la factura electrónica (e‑CF). Este grupo comenzó en tres etapas, el 15 de enero, el 15 de marzo y el 15 de mayo de 2024.

  2. Grandes contribuyentes locales y medianos contribuyentes: la Ley 32‑23 establece que estos contribuyentes deben cumplir con la obligación de facturación electrónica a más tardar el 15 de noviembre de 2025. Sin embargo, la DGII otorgó una prórroga excepcional de seis meses para que este grupo se ajuste a la nueva normativa.

  3. Pequeñas empresas, microempresas y contribuyentes no clasificados: Este grupo tiene un plazo de 36 meses desde la entrada en vigor de la ley para adaptarse a la facturación electrónica. Esto significa que deben cumplir con la obligación de emitir facturas electrónicas antes del 15 de mayo de 2026.

¿Qué sucede si no se cumple el cronograma?

Los contribuyentes que no cumplan con la certificación de emisores electrónicos incurriendo en infracciones y sanciones según la Ley 32‑23. Esto puede incluir multas y otros castigos administrativos, que varían según el incumplimiento y la categoría de contribuyente.

Con la implementación de la Ley 32‑23, República Dominicana avanza hacia una administración más moderna y eficiente, alineándose con las mejores prácticas internacionales en términos de facturación y control fiscal.

¿Cómo afecta la Ley 32-23 a tu negocio?

La implementación de la Ley 32‑23 tendrá un impacto significativo en todos los contribuyentes, sin importar su tamaño. Para los grandes contribuyentes, el proceso ya ha comenzado, pero para las pequeñas empresas y microempresas, el tiempo sigue corriendo. 

Adaptarse a la facturación electrónica no es solo una obligación legal; también es una oportunidad para optimizar procesos y mejorar la gestión financiera.

Las ventajas de la facturación electrónica son claras: 

  • Reducción de errores.
  • Mayor rapidez en la emisión y recepción de documentos.
  • Mejor organización de los registros fiscales. 

Además, las pequeñas empresas podrán aprovechar herramientas tecnológicas accesibles para facilitar la transición.

La Ley 32‑23 no discrimina por el tamaño de la empresa, pero reconoce que las grandes empresas tienen más recursos y capacidad para adaptarse rápidamente. Es por eso que los plazos son más cortos para los grandes contribuyentes y se extienden más para las pequeñas empresas y los contribuyentes no clasificados.

El proceso progresivo asegura que todos los grupos tengan tiempo suficiente para cumplir con las nuevas regulaciones sin afectar la operatividad de sus negocios. Además, este enfoque da margen para que los contribuyentes puedan recibir formación y ajustar sus software de facturación a las nuevas exigencias tecnológicas.

El cumplimiento de la ley implica una actualización tecnológica, pero también ofrece a los contribuyentes la oportunidad de mejorar sus procesos y adaptarse a una nueva era digital de la facturación.

Gracias por llegar hasta aquí,
Equipo TodoFacturaElectrónica👋

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