México: Lo que debes saber sobre el CFDI 3.3

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Desde el primero de julio de 2017, el SAT estableció la actualización a la versión 3.3 de los CFDI y por ende la necesidad de adecuar los sistemas de facturación electrónica. Esta actualización o modificación es obligatoria para todo tipo de contribuyente que se encuentre en la necesidad de emitir factura, sin hacer distinción en la actividad económica o cantidad de ingresos percibidos.

Actualización 2022 ✅  A partir de Enero del 2022 ha entrado en vigor una nueva versión del sistema de facturación. Te compartimos más información sobre los requisitos CFDI 4.0 aquí.

Dado su carácter de obligatoriedad, se ha anunciado una prórroga para la actualización de los sistemas, de modo que cada contribuyente cuente con el tiempo necesario para migrar a la nueva versión, ya que su uso o aplicación definitiva será a partir del primero de diciembre de 2017. De no contar con la nueva versión los comprobantes no serán válidos para efectos fiscales y podrá acarrear multas o sanciones.

Por el momento, tanto la versión 3.2 como la 3.3 estarán vigentes simultáneamente hasta el 30 de noviembre del presente año, por lo que el SAT recomienda una migración periódica a fin de realizar pruebas en el uso de la nueva actualización.

El objetivo de la actualización y creación de la versión 3.3 responde, según el SAT, a ofrecer una mejor calidad de información, de modo que se pueda simplificar los trámites fiscales y contables a los que está sometido cada contribuyente durante su declaración de impuestos.

En vista de ello, ¿cómo se realiza la migración a la versión 3.3? Si ya cuentas con un sistema de facturación, el proceso de migración o actualización será sumamente sencillo. Mantente en contacto con tu proveedor de facturación electrónica, dado que estos deberán estar trabajando en los cambios señalados por el anexo 20 de la versión 3.3 del SAT. Valida con ellos las pruebas de aplicación para que en la fecha establecida puedas estar laborando con la última versión.

Cambios principales de la CFDI 3.3

Entre otros cambios que se encuentran en la nueva versión, tenemos:

  • Eliminación de las direcciones fiscales, aplicadas tanto para emisor como para receptor, solamente se utilizarán códigos postales.
  • Para evitar errores de redondeo, se debe utilizar de 4 a 6 decimales.
  • Los impuestos son agregados a nivel de concepto.
  • Emisión de un complemento para recepción de pagos (recibo electrónico) cada vez que te pagan una factura que esté pendiente.
  • Los conceptos cuentan con una clave de producto o servicio, los cuales están establecidos en un catálogo derivado del anexo 20.

Aquí tienes la liga para que te auxilies en la asignación de las claves mencionadas:

http://200.57.3.46:443/PyS/catPyS.aspx

Según el artículo 81 del CFF, establece que el contribuyente que no emita el CFDI con los parámetros tecnológicos establecidos por el SAT, acarreará una multa de $1 a $5 por cada CFDI. Pero lo más relevante es que no serán válidos fiscalmente, y además no será posible cobrar las ventas de bienes o servicios.

Comienza ahora a actualizar tu sistema de facturación electrónica. Es importante que te informes y capacites a tus colaboradores sobre la nueva versión 3.3, pues la emisión de las facturas o CFDI con la nueva versión será obligatoria.

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Gracias por llegar hasta aquí,
Equipo TodoFacturaElectrónica👋

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